Los criterios ESG (environmental, social and governance) forman parte del lenguaje de todas las empresas que quieren mejorar su estrategia corporativa basándose en criterios de sostenibilidad y buen gobierno. Estas líneas directrices son las que actualmente apoyan las inversiones, las compras, las contrataciones y las actuaciones de las empresas que pretenden cumplir con la Agenda 2030 a través de estos criterios, de hecho, tal y como expresan el Pacto Mundial “podríamos considerar que el auge de la inversión socialmente responsable ha aumentado la intensidad del foco sobre los mismos”.
¿Qué significa ESG?
Estas siglas, que se han colado en la agenda corporativa de las organizaciones, tienen un significado muy profundo y que enlaza directamente con los Objetivos de Desarrollo Sostenible elaborados por la ONU para ayudar a las empresas, gobiernos y ciudadanos para cumplir con la Agenda 2030.
E (Enviromental). Hace referencia directa a la repercusión de la actividad de las empresas con el medioambiente, ya sea de forma directa o indirecta.
S (Social). La acción de las organizaciones y de los profesionales tiene un impacto directo en la sociedad, ya sea por su actividad, por el empleo que crea o por su imagen a nivel corporativo.
G (Governance). Aquí se reflejan los códigos de conducta o gobierno de las empresas, su política de transparencia y hace referencia a términos como diversidad, igualdad, etc., que deben formar parte del día a día de las organizaciones.
¿Cómo pueden los seguros velar por el cumplimiento de los criterios ESG?
El cumplimiento de los objetivos ESG en las organizaciones se refleja en todos sus ámbitos de actuación: contratación de personas, proveedores, compras externas, políticas de igualdad… y por supuesto en sus políticas de protección al medio ambiente.
Los seguros de carácter profesional, como productos que nacen para proteger el patrimonio y las personas que forman parte de las organizaciones, los profesionales autónomos o los trabajadores públicos, también deben velar por el cumplimiento por parte de las empresas y organizaciones de estos criterios de sostenibilidad.
En el caso del medioambiente, los seguros de Responsabilidad Medioambiental, son la garantía de que las empresas que puedan incurrir en un daño al entorno natural, puedan restituir los daños sin que se vea resentido el patrimonio, por lo tanto, esa garantía de restitución, forma parte de las políticas de sostenibilidad de las organizaciones.
¿Qué es un seguro de Responsabilidad Medioambiental?
La póliza de Responsabilidad Medioambiental, proteger el patrimonio del tomador de la misma, en el caso de que el siniestro causante de un daño al medioambiente tenga lugar de forma involuntaria, sin incurrir en actos dolosos o fraudulentos.
Este seguro está recomendado para aquellas empresas cuya actividad ocasione riesgo para el medioambiente. Las empresas que tienen la obligatoriedad de contratar un aval de este tipo están tipificadas según la Ley 26/2007 de 23.10 de responsabilidad medioambiental. Esta normativa, obliga a los operadores que causen cualquier daño a los recursos naturales o puedan hacerlo, a que adopten las medidas preventivas necesarias para su restitución. En el caso de que se produzca daños, las empresas tendrán la obligación de restituir los recursos naturales y garantizar que volverán al mismo estado que antes de producirse el siniestro.
En definitiva, contar con los medios necesarios para cuidar del medioambiente y de las políticas ESG debe ser una de las prioridades de las estrategias corporativas para lograr los objetivos de la Agenda 2030. Desde Berkley España, contamos con los medios necesarios para dar cobertura y seguridad a estas organizaciones, ayudándoles, no solo a cumplir con los criterios ESG, si no a mejorar su imagen pública e incentivar indirectamente las inversiones responsables por parte de otros organismos.
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